Seguro Obligatorio

Escrito el 24-06-2008 por

El tipo de seguro de tipo obligatorio o a terceros, es el seguro más básico para vehículos y como indica su nombre el obligatorio. SIn él no podemos circular y en caso de hacerlo y ser detenidos, el cuerpo de seguridad podrá retirar el vehículo de la circulación. Sin en un plazo de 5 días naturales, el infractor no ha demostrado la existencia del seguro correspondiente, tendrá que abonar una multa de entre 600 y 3.000 euros.

Este tipo de seguro cubre exclusivamente los daños del vehículo ajeno dañado y las pertenencias que hayan sido malogradas en el accidente, por lo que los daños a nuestro automóvil quedan sin recompensación. Tampoco nos cubre los daños de los objetos que transportaba en vehículo en el momento del accidente.

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